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Inspección Técnica de Edificio (ITE)

Marzo 31, 2017AlainUncategorized

¿QUÉ ES LA ITE? ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

Las ITE (Inspecciones Técnicas de Edificios)  son inspecciones visuales de la estructura, cimentación, fachadas, cubierta y las instalaciones principales del edificio a estudio. De estas inspecciones se genera un informe en el que se recoge el estado d todos los elementos inspeccionados. Éste se acompaña de un dictamen final sobre el estado en general del edificio y sobre las medidas correctoras y preventivas que se deben aplicar.

Estos son los pasos a seguir para completar una ITE:

  1. Entrega de encuestas a los propietarios del edificio para localizar patologías que se hayan detectado en zonas privativas o comunes.
  2. Recogida de las encuestas y elección de una fecha para la inspección del edificio.
  3. Inspección del edificio, toma de datos.
  4. Realización del informe ITE.
  5. Visado en el colegio oficial correspondiente del informe ITE generado.
  6. Entrega a la propiedad de los documentos y sus copias.
  7. Entrega de una de las copias en el ayuntamiento donde esté ubicado el edificio inspeccionado.

En caso de que el edificio sufra de deficiencias localizadas y sean grabes o con carácter urgente:

  1. Subsanación de las deficiencias.
  2. Redacción del Certificado de Subsanación de deficiencias.
  3. Entrega del Certificado de Subsanación de Deficiencias en el ayuntamiento donde esté ubicado el edificio.

ITE, ¿Qué documentos incluye?

Un informe ITE incluye la siguiente documentación:

  • Inspección Técnica del Edificio (ITE).
  • Evaluación de las condiciones básicas de Accesibilidad.
  • Certificado de Eficiencia Energética.
  • Certificado de Subsanación de Deficiencias (solo en casos en los que se detecten patologías con gravedad que requieran de grados de intervención urgentes, se deberá de redactar este certificado una vez terminadas las reparaciones pertinentes).

Una vez finalizada la ITE, en el plazo máximo de 1 año, la comunidad deberá disponer de:

  • Manual de Mantenimiento y Uso del edificio (solo en los casos en los que no exista libro del edificio)

 

¿Qué elementos se inspeccionan en una ITE?

En una ITE se inspeccionan los siguientes elementos constructivos del inmueble:

  • Estructura y cimentación
  • Cubiertas
  • Fachadas

Instalaciones:

  • Abastecimiento de agua, Saneamiento de agua, Electricidad, Calefacción, Agua Caliente Sanitaria (ACS), Gas canalizado, Refrigeración, Ventilación y renovación del aire, Protección contra incendios, Protección contra el rayo y Telecomunicaciones ICT.
  • Todos los elementos constructivos de la envolvente térmica que repercutan en la calificación de la eficiencia energética global del edificio.

¿Es obligatorio pasar la ITE? ¿Qué edificios tienen que pasarla?

Todos los edificios residenciales que se encuentren en los dos siguientes supuestos deberán pasar la ITE obligatoriamente:

  • Edificios residenciales con más de 50 años.
  • Edificios catalogados o protegidos, con independencia de su antigüedad y régimen de protección.
  • Edificios que deseen obtener subvenciones públicas para realizar reformas totales o parciales independientemente del año de construcción.

Puede comprobar usted mismo en www.euskoregite.com si su edificio se encuentra entre los edificios a inspeccionar o si prefiere póngase en contacto con uno de nuestros técnicos.

¿Quién debe contratar una ITE?

Una ITE debe ser contratada por los propietarios del inmueble a estudio, o en su caso por el presidente de la comunidad o la empresa encargada de la administración de la finca en calidad de representante de la comunidad de copropietarios.

Se recomienda a las comunidades de copropietarios que el presupuesto aceptado para realizar la ITE del edificio quede reflejado en el libro de actas de la comunidad para así evitar posibles reclamaciones futuras por parte de alguno de los vecinos a la comunidad y que se acabe dando por nulo el informe.

¿Quién debe realizar una ITE?

Los técnicos habilitados para la realización de la ITEs son los Arquitectos, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación.

Estos con carácter obligatorio deberán estar colegiados en alguno de los colegios oficiales de arquitectos o arquitectos técnicos del estado, así como con el seguro de responsabilidad civil vigente y al corriente de pago.

Antes de realizar una ITE debe asegurarse que el técnico cumple con ambos requisitos; estar colegiado y tener su seguro de responsabilidad civil.

Para tranquilidad del técnico y de los copropietarios del inmueble las ITEs deben visarse para tener la garantía de que dicho documento cumple con la legislación vigente y confirmar de esa manera que el técnico tiene un seguro de responsabilidad civil que le cubrirá en todas sus intervenciones. Los colegios oficiales no visan proyectos o informes sin tener la certeza de que el colegiado dispone de seguro de responsabilidad civil.

¿Qué obligaciones tiene una ITE?

Tras haber realizado una ITE la comunidad de propietarios tiene la obligación de subsanar las deficiencias de carácter urgente que se hayan reflejado en el informe ITE, ya que la subsanación de las mismas será requerida por el ayuntamiento en el que esté ubicado el edificio o inmueble.

Así mismo, antes de cumplirse 10 años de la realización de la primera ITE, el edificio tendrá que pasar una nueva inspección técnica la cual se tendrá que renovar cada 10 años.

En espera de que el presente articulo haya sido de su agrado quedamos a su entera disposición para cualquier tipo de duda o ampliación de información necesaria.

El equipo técnico de REYPRO

 

Alain
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